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Días hábiles, naturales… ¿Cómo se computan los plazos?

Una consulta muy recurrente suele ser como se computan los plazos para resolver algo, notificar, recurrir, interponer un recurso, en un contrato, etc.

Es importante conocer como se computan los plazos, ya que existen diversos casos, y en cada uno de ellos las formas de computar los plazos pueden ser distintas.

Si el plazo viene en días, se debe contar desde el día siguiente al que se haya recibido la notificación, o se haya hecho la contrato, etc. A partir de ese día inicial se cuentan los días del plazo .

Si el plazo viene en meses o años, el plazo se computa de fecha a fecha. Es decir, el primer día para computar comienza en el día en que se haya recibido la notificación, o realizado el contrato, etc. y finaliza el mismo día del mes que corresponda según el plazo indicado en meses, o el mismo día del mismo mes que indicado según el plazo dado en años.

  1. Si el plazo se expresa en días, el primero a contar es el día siguiente al que se haya recibido la notificación, o se haya hecho la compra, etc. A partir de ese día inicial se cuentan los días a que se refiere el plazo (considerando los tipos de días que hay que tener en cuenta según ya hemos explicado: naturales o hábiles), finalizando el plazo el último día que hayamos contado.
  2. Si el plazo se expresa en meses o años, el plazo se computa de fecha a fecha. Es decir, el primer día del cómputo comienza en el día en que se haya recibido la notificación, o realizado la compra, etc. y finaliza el mismo día del mes que corresponda según el plazo dado en meses, o el mismo día del mismo mes que corresponda según el plazo dado en años.
 
 
 Días Naturales: Se cuentan todos los días, sean laborales, festivos, fin de semana, vacaciones, etc.
 
Días Hábiles Procesales: Básicamente se emplea en el proceso civil y otras jurisdicciones: Se cuentan todos los días salvo:
  • Festivos y los sábados y domingos,
  • Mes de agosto
  • 24 y 31 de diciembre.
 
Artículo 5 del Código Civil:
Siempre que no se establezca otra cosa, en los plazos señalados por días, a contar de uno determinado, quedará éste excluido del cómputo, el cual deberá empezar en el día siguiente; y si los plazos estuviesen fijados por meses o años, se computarán de fecha a fecha. Cuando en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
En el computo civil de plazos no se excluyen los días inhábiles.
 
No obstante, existen otras reglas especiales, como por ejemplo las que afectan a las administraciones públicas.
 
Desde IusLegal siempre recomendamos no agotar los plazos, no esperes al último momento 😉

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