Antecedentes

Consulta y Cancelación

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Cancelamos tus antecedentes penales

Podemos tramitar la consulta de antecedentes y si se trata de antecedente cancelables, podemos proceder a su cancelación.
 
El servicio de cancelación de antecedentes penales:
Incluye:
    • Comprobación de las causas cancelables en el Registro Central de Penados y Rebeldes
    • Solicitud de cancelación de las penas que lo permitan
    • Emisión de un nuevo certificado actualizado.
 
Tiene una validez de tres meses desde la fecha de su expedición; puede solicitarlo cualquier persona física mayor de edad, así como las personas jurídicas a través de sus representantes.

¿Cuándo son cancelables los antecedentes penales?

El artículo 136 Código Penal indica que han de transcurrir sin que el culpable cometa un nuevo delito, los siguientes PLAZOS

Penas Leves:

 

a) La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a un año.

b) La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres meses a un año.

c) Inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales de tres meses a un año. 

d) La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo inferior a seis meses.

e) La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.

f) La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.

g) La multa de hasta tres meses. 

h) La localización permanente de un día a tres meses.

i) Los trabajos en beneficio de la comunidad de uno a treinta días.

a) La prisión permanente revisable.

b) La prisión superior a cinco años.

c) La inhabilitación absoluta.

d) Las inhabilitaciones especiales por tiempo superior a cinco años.

e) La suspensión de empleo o cargo público por tiempo superior a cinco años.

f) La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a ocho años.

g) La privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo superior a ocho años.

h) La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo superior a cinco años.

i) La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.

j) La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.

k) La privación de la patria potestad.

Código penal, Art. 136

Los condenados que hayan extinguido su responsabilidad penal tienen derecho a obtener del Ministerio de Justicia, de oficio o a instancia de parte, la cancelación de sus antecedentes penales,...