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Escrito solicitando concurso voluntario de persona jurídica con liquidación
En todo caso, el auto de declaración de concurso (artículo 28 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal) contendrá los siguientes pronunciamientos:
El carácter voluntario o necesario del concurso, con indicación, en su caso, de que el deudor ha presentado propuesta anticipada de convenio o ha solicitado la liquidación de la masa activa.
La determinación de si el concurso se tramitará conforme a las reglas establecidas para el procedimiento ordinario o conforme a las establecidas para el procedimiento abreviado.
Los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto de la masa activa.
El nombramiento de la administración concursal, con expresión de las facultades del administrador o de los administradores concursales nombrados.
El llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la declaración de concurso en el «Boletín Oficial del Estado».
La publicidad que haya de darse a la declaración de concurso.
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