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Contrato de constitución y Estatutos Sociales de una Agrupación de Interés Económico (AIE).
Se trata de una modalidad de empresa que nace a raíz un Reglamento europeo ( Reglamento 2137/85 de 25 de Jul DOUE (relativo a la constitución de una agrupación europea de interés económico (AEIE)) ) que se diseñó con el objetivo de facilitar a empresas de diferentes países la posibilidad de hacer negocios juntas, así como para formar consorcios para participar en programas de la Unión Europea.
En España surge como una herencia, principalmente, de las sociedades colectivas y las agrupaciones de empresas. Las Agrupación de Interés Económico pueden definirse como:
Sociedad mercantil con personalidad jurídica propia creada para desarrollar alguna actividad económica, auxiliar de la que desarrollen sus socios, y con el fin de facilitar la actividad de los mismos o mejorar sus resultados.
Su regulación la tenemos, además de en el reglamento europeo, en la Ley 12/1991 de 29 de Abr (Agrupaciones de interés económico) y, de manera supletoria, se aplicarán las normas que resulten de aplicación para sociedades colectivas.
Se trata de una norma bastante flexible que permite, por tanto, establecer todos los pactos que, con arreglo a la ley, a la moral y al orden público, estimen conveniente los empresarios agrupados.
Las partes deberán celebrar un Contrato para ser titular de derechos y obligaciones de toda especia, celebrar contratos o llevar a cabo actos jurídicos, y de litigar.
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