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Este escrito contempla un pacto de retroventa- o pacto de retro-, en virtud del cual, el vendedor se reserva el derecho de recuperar la cosa vendida, con la obligación de reembolsar al comprador el precio, los gastos del contrato y cualquier otro pago legítimo hecho por la venta, los gastos necesarios y los útiles hechos en la cosa vendida. Este derecho del vendedor, se denomina retracto convencional.
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